Obligaciones Específicas

ARTÍCULO 71.- Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los Sujetos Obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y Municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
ARTÍCULO 75.- Además de lo señalado en el Artículo anterior de la presente Ley, los Sujetos Obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: el Órgano Ejecutorio del Distrito Federal y los Municipios.

Artículo 71 Inciso f

La información detallada que contengan los Planes de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Ecológico, los tipos de uso del suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los Gobiernos Municipales.

No Aplica

Artículo 75 I

El Plan Nacional de Desarrollo, los Planes Estatales de Desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda.

Aplica

Artículo 75 I

Inciso - A)
El Plan Nacional de Desarrollo.

Aplica

Artículo 75 I

Inciso - B)
El Plan Estatal de Desarrollo.

Aplica

Artículo 75 II

El Presupuesto de Egresos y las Fórmulas de Distribución de los Recursos otorgados

Aplica

Artículo 75 II

Inciso - A)
Presupuesto de Egresos

Aplica

Artículo 75 II

Inciso - B)
Egresos y Fórmulas de distribución de los recursos otorgados

Aplica

Artículo 75 III

El Listado de Expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales.

Aplica

Artículo 75 III

Inciso - A)
Hipervínculo al listado de expropiaciones

Aplica

Artículo 75 III

Inciso - B)
Listado de expropiaciones realizadas

Aplica

Artículo 75 IV

El Nombre, Denominación o Razón Social y Clave del Registro Federal de los Contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún Crédito Fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las Disposiciones Fiscales

Aplica

Artículo 75 V

Los nombres de las personas a quiénes se les habilitó para ejercer como Corredores y Notarios Públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la Patente y las Sanciones que se les hubieran aplicado

Aplica

Artículo 75 V

Inciso - A)
Hipervínculo a la información de los Corredores y Notarios Públicos

Aplica

Artículo 75 V

Inciso - B)
Corredores y Notarios Públicos

Aplica

Artículo 75 V

Inciso - C)
Sanciones Aplicadas

Aplica

Artículo 75 VI

La información detallada que contenga los Planes de Desarrollo Urbano, Ordenamientos Territorial y Ecológico, los tipos de uso de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los Gobiernos Municipales.

No Aplica

Artículo 75 VII

Las Disposiciones Administrativas, directamente o a través de la Autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al Sujeto Obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

Aplica